Beneficiarios:
Cualquier empresa, sea o no PYME, constituida antes de solicitar la ayuda encuadrada en las divisiones 10 a 32 (Industria Manufacturera) del CNAE 2009.
Actuaciones contempladas:
- Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción.
- Traslado: cambio de localización de una actividad de producción previa.
- Ampliaciones de la capacidad de producción, a través de la implantación de nuevas líneas de producción en centros existentes.
- Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes.
También se pretende incentivar las inversiones realizadas en el contexto de la digitalización industrial, (Industria 4.0). Se financian tanto la adquisición de aparatos y equipos de producción, como los gastos de ingeniería de proceso de producción asociados a dichos equipos.
Características de la ayuda:
- Préstamos a 10 años, con 3 años de carencia de principal y 7 años de amortización.
- Tipo de interés entre el 1,575% y el 4%, en función de la valoración financiera del beneficiario y el porcentaje de garantías adicionales presentadas antes de la resolución.
Valoración financiera | Porcentaje de garantía sobre préstamo | ||
70% | 41% | 10% | |
Excelente | 1,575% | 1,575% | 1,575% |
Buena | 1,575% | 1,575% | 2,2% |
Satisfactoria | 1,575% | 2,2% | 4% |
- Préstamo de hasta el 75% de la inversión.
Líneas de actuación:
- Convocatoria General Reindus para toda España (72% de los fondos).
- Convocatorias áreas geográficas específicas:
- Canarias
- Extremadura
- Soria
- Teruel
- Margen izquierda del Nervión
- Bahía de Cádiz
- Campo de Gibraltar
- Lorca
- El Hierro
- Jaén
- Ferrol, Eume y Ortegal
Garantías:
- 10% del préstamo solicitado, a presentar en el momento de la solicitud.
- Se pueden aportar garantías adicionales para aquellos que deseen minorar el tipo de interés del préstamo
Inversión mínima:
100.000 euros.
Plazo de inversiones:
Desde el 1 de enero de 2017 hasta el primer semestre de 2019 (18 meses después de la resolución de concesión de la ayuda).
Conceptos subvencionables:
- Obra civil: urbanización y canalizaciones, con exclusión de los terrenos.
- máximo 70% de la inversión para creación y traslado de empresas
- máximo 50% de la inversión para ampliaciones y mejoras de producción
- Edificación: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
- Aparatos y equipos: vinculados a la producción, excepto vehículos exteriores.
- Ingeniería de proceso de producción: incluye gastos de personal propio, colaboraciones externas necesarias para el diseño y el rediseño de procesos y gastos en material necesario. No aplicable a creación de establecimientos industriales. Máximo 30% del presupuesto de aparatos y equipos.
Se admiten bienes de segunda mano si se aporta una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y que los mismos no han sido objeto de financiación pública nacional o de la Unión Europea. Además el precio no debe ser superior al valor de mercado y, al tiempo, debe ser inferior al coste de bienes nuevos similares.
Ayuda máxima solicitable:
- En el caso de empresas constituidas en 2016 y 2017, el importe máximo del préstamo no podrá exceder en 3 veces los últimos fondos propios acreditables del solicitante.
- En el resto de casos, el tope son 5 veces los fondos propios de la empresa.
Criterios de valoración:
- Viabilidad económica y financiera.
- Viabilidad técnica de la propuesta.
- Apertura hacia mercados exteriores.
- Generación de nuevos puestos de trabajo.
- Incorporaciones de tecnologías innovadoras.
Plazo de solicitud:
Desde el 30 de mayo al 17 de julio de 2017.
Pago de la ayuda:
Tras resolución de concesión (es posible no realizar las actuaciones hasta recibir la ayuda).
Presupuesto total de la convocatoria:
Más de 606 millones de euros.
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