Devolución de ingresos indebidos en la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de asalariados como conductores de transporte de mercancías con carga útil superior a 3,5 tn.
Las empresas de transporte de mercancías que, hasta 31 de diciembre de 2015, han estado cotizando en concepto de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (AT y EP) por sus conductores de vehículos de más de 3,5 Tm de carga útil, por el tipo correspondiente a la letra f) del Cuadro II de la Tarifa de Primas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (un 6,70%), han cotizado en exceso, pues deberían haber cotizado al tipo previsto para el CNAE de su actividad (normalmente, CNAE 494, un 3,70%).
Entendemos que se puede solicitar la devolución de los ingresos indebidos por este concepto en los últimos cuatro años (lo anterior ha prescrito), poniendo a disposición de todos los socios afectados para tramitar las correspondientes solicitudes de devolución a nuestros Asesores Jurídicos BUFETE PORTILLO, sito en la calle San Bernardo nº 7, 02600 Villarrobledo, tf. 967 14 52 64 con quienes tenemos suscrito un convenio de colaboración con evidentes ventajas económicas para los socios de ADEVI, pudiendo ponerse en contacto para concertar cita previa.